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Veri*factu en Canarias: tu ticket lleva IGIC, y tu caja tiene que saberlo

¿Se aplica Veri*factu en Canarias? Sí. La Agencia Tributaria lo dice en sus preguntas frecuentes: los contribuyentes con domicilio fiscal en las islas «se encuentran comprendidos dentro del ámbito subjetivo de aplicación del Reglamento SIF», y lo que la norma dice del IVA vale para el IGIC. Las fechas son las mismas que en la península: el 1 de enero de 2027 si tu negocio tributa por el Impuesto sobre Sociedades, y el 1 de julio de 2027 si eres autónomo o cualquier otro obligado. Lo que cambia es el impuesto que sale en el ticket, y eso tu caja lo tiene que saber.

Publicado el 2 de octubre de 2026 · 8 minutos de lectura

Calle peatonal de un casco antiguo canario a mediodía, con fachadas de colores, balcones de madera, una palmera y una terraza con mesas
Imagen ilustrativa generada con IA.

Sí: Veri*factu se aplica en Canarias, con las mismas fechas

La duda tiene sentido. En lo fiscal, Canarias es distinta en casi todo: no hay IVA, hay IGIC, y lo gestiona la Agencia Tributaria Canaria. Pero Veri*factu no es un impuesto. Es la forma en que tu programa de facturación guarda cada venta y la envía, y la regula el Real Decreto 1007/2023 para todo el territorio no foral.

La Agencia Tributaria lo responde sin rodeos en sus preguntas frecuentes (actualizadas a 21 de julio de 2026):

«Sí, los contribuyentes con domicilio fiscal en Canarias, Ceuta y Melilla, se encuentran comprendidos dentro del ámbito subjetivo de aplicación del Reglamento SIF aprobado por el Real Decreto 1007/2023 y, consiguientemente, les son de aplicación dichas normas y las de su desarrollo por medio de Orden Ministerial.»

Y añade la regla que lo hace funcionar en las islas: las referencias de la norma al IVA «deben considerarse también efectuadas a la normativa del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)». Donde el reglamento dice IVA, en Canarias se lee IGIC.

Si tu negocio…Te toca desde
Tributa por el Impuesto sobre Sociedades (una S.L., una S.A.)El 1 de enero de 2027
Eres autónomo, o cualquier otro obligadoEl 1 de julio de 2027

Las islas no son la excepción. La excepción son el País Vasco y Navarra, que tienen su propio sistema.

Si tu empresa está en el SII del IGIC

El caso que más dudas da es el de una empresa con establecimiento en las islas. La Agencia Tributaria responde que la exclusión por el SII «debe analizarse de forma separada para cada uno de los dos impuestos indirectos». Dicho de otra forma: si las operaciones de tu establecimiento canario se declaran al SII del IGIC, quedan fuera de Veri*factu; si ese establecimiento no está en el SII del IGIC, entran, aunque la empresa esté en el SII del IVA. Es una cuestión para tu asesor o gestoría, no para la caja.

Dibujo de una caja registradora que imprime un ticket, una flecha hacia una cadena de candados unidos y otra hacia un edificio público
En las islas también: cada ticket se encadena y su registro va a la Agencia Tributaria.

Tu ticket lleva IGIC: las siete tarifas, con lo que la ley pone en cada una

Lo que sí cambia es el impuesto. El IGIC tiene su propia escala, en el artículo 51 de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales de Canarias. La versión en vigor desde el 1 de enero de 2024, leída en el BOE el 2 de octubre de 2026, fija el tipo general del 7 % para las entregas y los servicios que «no se encuentren sometidas a ninguno de los otros tipos impositivos». Los demás tipos llevan su lista, y en algunas aparecen cosas que se venden cada día en un mostrador:

TipoArtículoLo que la ley pone ahí (algunos ejemplos)
Cero, 0 %52El pan común y las aguas aptas para la alimentación, entre otros
Reducido, 3 %54Una lista de productos de determinadas industrias
Reducido, 5 %54 bisLas bebidas refrescantes y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos
General, 7 %51.1.d)Todo lo que no tiene otro tipo
Incrementado, 9,5 %55Ciertas obras para fabricar vehículos, barcos y aeronaves
Incrementado, 15 %56Los cigarros puros de más de 2,5 euros la unidad y las bebidas espirituosas, entre otros
Especial, 20 %57Las labores del tabaco, salvo los cigarros puros

La tabla es un mapa, no un consejo fiscal: qué tipo lleva cada uno de tus productos te lo confirma tu asesor o gestoría. Lo que tiene que hacer la caja es tener los siete, dejarte elegir el de cada artículo y escribirlo bien en el ticket. En una tienda de alimentación canaria, el mismo ticket puede llevar el pan común al 0 %, un refresco con azúcar al 5 % y otros artículos al 7 %: la caja los separa, con su base cada uno.

El IGIC al 0 % no es «exento»

En la península, una venta al 0 % suele ser una exención del artículo 20 de la Ley del IVA, y el ticket lo dice así. En Canarias no. El tipo cero del IGIC es una operación sujeta, con su tipo, y las exenciones del IGIC están en otro sitio: el artículo 50 de la misma Ley 4/2012. Un ticket canario que escribe «exento» donde tenía que decir «IGIC 0 %» dice una cosa que no es.

Dibujo de dos tickets iguales con su código QR, uno bajo unas colinas y otro bajo una isla con una palmera y un volcán, unidos por una flecha
El mismo ticket, otro impuesto: en las islas, IGIC.

Qué viaja a la Agencia Tributaria desde una caja canaria

Cada venta deja un registro encadenado al anterior y un QR en el ticket, igual que en la península. Lo que cambia va dentro del registro: el impuesto y la clave del régimen. Son dos campos que el programa rellena solo. Si se equivoca, no se arregla después, porque un registro encadenado no se reescribe.

En el registroPenínsula y BalearesCanarias
ImpuestoIVA (código 01)IGIC (código 03)
Clave de régimenRégimen general (01)Operaciones sujetas al IPSI o al IGIC (08)
Tipos que puede llevar una línea4, 10 y 21 %0, 3, 5, 7, 9,5, 15 y 20 %
Ventas exentasArtículo 20 de la Ley del IVAArtículo 50 de la Ley 4/2012
QR en el ticket y cadena de registrosSíSí

El resto de Veri*factu es igual en todas partes, y lo contamos entero en la guía de Veri*factu. Si te preocupa la conexión en un pueblo o en una zona con poca cobertura, mira qué pasa con Veri*factu sin internet: el ticket sale igual y el registro espera a la línea.

Dibujo de un ticket con su QR, una cadena de candados unidos y un edificio público, y una mano que comprueba el QR con el móvil
Cada ticket se encadena al anterior, y el QR se comprueba con el móvil.

Más de 47.000 locales venden detrás de un mostrador en las islas

No es un cambio para unos pocos. Según el Directorio Central de Empresas del INE, a 1 de enero de 2025 había en las dos provincias canarias estos locales en las tres actividades que más usan una caja:

Actividad (CNAE)Las PalmasSanta Cruz de TenerifeTotal
Comercio al por menor (47)12.19711.29623.493
Bares, restaurantes y otros servicios de comidas y bebidas (56)7.2927.30814.600
Otros servicios personales, como peluquerías y estética (96)4.5324.6379.169
Total24.02123.24147.262

Son locales, no empresas: una cadena con tres tiendas cuenta tres. Y no todos tendrán que cambiar de caja. Quien sigue haciendo las facturas a mano, sin programa, no usa un sistema informático de facturación. Pero cada local que emite sus tickets con un programa tiene que tenerlo adaptado en 2027, y en las islas eso quiere decir un programa que trabaje con IGIC.

Un ticket con su código QR que pasa de una mano a otra en el mostrador de una panadería
Detrás de cada número, un mostrador que da tickets. Imagen ilustrativa generada con IA.

Cómo lo hace tu caja en Canarias, paso a paso

  1. Al empezar, la caja lee el código postal de tu negocio. Si empieza por 35 o por 38, las dos provincias canarias, emite con IGIC. No hay ningún código postal 35 o 38 fuera de las islas, ni ninguna isla con otro prefijo.
  2. En cada artículo eliges uno de los siete tipos del IGIC. No aparece el botón «Exento», porque en las islas el 0 % no lo es.
  3. El ticket escribe el impuesto con su nombre: «IGIC 7 %», con su base y su cuota, nunca «IVA».
  4. El registro viaja con el impuesto y la clave de régimen de Canarias, sin que tengas que elegir nada.
  5. Después del primer ticket, el territorio ya no se cambia desde la caja. Los documentos quedan encadenados con su impuesto, y pasar de IGIC a IVA a mitad de la cadena mezclaría dos impuestos bajo el mismo negocio. Si te equivocas de código postal, se corrige antes de la primera venta; si cambias de domicilio fiscal, hace falta un terminal nuevo, y lo emitido se conserva.

Lo demás es igual que en la península: sigues vendiendo si se va internet, y el plan Gratis no caduca. Lo que hace cada plan, en la caja registradora gratis. Lo que no escondemos: nuestra declaración responsable todavía no está firmada, y el envío a la Agencia Tributaria probado hasta hoy es en preproducción.

Mostrador de madera de un bar canario con una persiana verde y un aloe: la mano del dependiente corta el ticket que sale del datáfono
Se cobra y sale el ticket, con su IGIC. Imagen ilustrativa generada con IA.

Lo que tu caja todavía no hace en Canarias

  • Las ventas exentas del IGIC (artículo 50 de la Ley 4/2012): la caja todavía no las emite. Si vendes algo exento, dínoslo antes de empezar.
  • Ceuta y Melilla: allí el impuesto es el IPSI, con tipos que fija la ordenanza de cada ciudad, y la caja todavía no emite con él.
  • El País Vasco y Navarra: allí rigen TicketBAI y el sistema foral, que no cubrimos.
  • No lleva tu contabilidad: tus declaraciones del IGIC las sigue haciendo tu asesor o gestoría.

Preguntas frecuentes

¿Veri*factu es obligatorio en Canarias?

Sí. La Agencia Tributaria confirma que los contribuyentes con domicilio fiscal en Canarias están dentro del Reglamento SIF, con las mismas fechas que en la península: el 1 de enero de 2027 para quien tributa por el Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados.

¿El ticket tiene que poner IGIC en vez de IVA?

Sí. En Canarias el impuesto de tus ventas es el IGIC, y el ticket tiene que nombrarlo con su tipo. Un ticket que escribe «IVA» a un cliente canario se equivoca de impuesto aunque los números cuadren.

¿Qué tipo de IGIC lleva lo que vendo?

Lo dice el artículo 51 de la Ley 4/2012: el general es el 7 %, y además hay un tipo cero, un 3 %, un 5 %, un 9,5 %, un 15 % y un 20 %. Qué tipo lleva cada uno de tus productos te lo confirma tu asesor o gestoría; la caja aplica el que pones en cada artículo.

¿El IGIC al 0 % es lo mismo que exento?

No. El tipo cero del IGIC es una operación sujeta, con tipo 0 %. Las exenciones del IGIC están en el artículo 50 de la misma Ley 4/2012, y no son las del artículo 20 de la Ley del IVA.

¿Y si mi empresa está en el SII del IGIC?

La Agencia Tributaria dice que la exclusión por el SII se analiza por separado para cada impuesto. Si las operaciones de tu establecimiento canario se declaran al SII del IGIC, quedan fuera de Veri*factu; si ese establecimiento no está en el SII del IGIC, sus operaciones entran, aunque la empresa esté en el SII del IVA.

¿Sirve EasyTPV en Ceuta y Melilla?

Todavía no. Allí el impuesto es el IPSI, con tipos que fija la ordenanza de cada ciudad, y la caja aún no emite con él. Preferimos decírtelo antes que darte un ticket con un impuesto equivocado.

¿Lo ponemos en tu mostrador?

Lo que hace la caja, lo que todavía no y cuánto cuesta, en la portada de EasyTPV.