Caja registradora para Veri*factu: ¿sirve la que ya tienes en el mostrador?
Buscas una caja registradora para Veri*factu y ya tienes una en el mostrador. La respuesta corta: si tu caja imprime un ticket por cada venta, para Hacienda es un sistema informático de facturación y tiene que cumplir el reglamento, bien adaptándola —si su fabricante puede—, bien cambiándola por una que ya cumpla. Lo dice la propia Agencia Tributaria.
Publicado el 22 de septiembre de 2026 · 6 minutos de lectura
Qué dice Hacienda de tu caja registradora
La Agencia Tributaria lo contesta con un ejemplo que podría ser el tuyo: un pequeño comercio con una báscula y una caja registradora en la que teclea las ventas. Su respuesta, copiada de sus preguntas frecuentes:
«desde el momento que utiliza un sistema informático de facturación consistente en una caja para registrar las ventas realizadas e imprimir para cada una de ellas lo que debería ser una factura simplificada para entregar al cliente está sujeto al RD 1007/2023 […], bien adaptando las cajas registradoras (si esto fuera posible), bien adquiriendo algún sistema informático de facturación (SIF) adaptado».
El ticket de toda la vida es, para el reglamento de facturación, una factura simplificada. Si tu caja lo imprime, tu caja es un sistema de facturación, y le toca Veri*factu.
La báscula, según la misma respuesta, depende de lo que haga: si solo pesa y tú tecleas el importe en la caja, no es un sistema de facturación. Si acumula lo pesado y saca el ticket final, sí lo es, y tiene que cumplir igual que una caja.
Hay una excepción que conviene conocer. Quien está en el régimen simplificado del IVA o en el recargo de equivalencia, en general, no está obligado a dar factura, y los justificantes que no son factura no entran en el reglamento. Pero en cuanto emites facturas o facturas simplificadas con un programa, sí; y quien tributa en el IRPF por estimación directa tiene que facturar. Eso lo decide tu asesor o gestoría, con tu caso delante.
Lo que tiene que hacer una caja para cumplir
No basta con que la caja «imprima un QR». El reglamento pide un sistema que funcione de otra manera por dentro, y se nota en el mostrador así:
| Lo que pide la norma | Lo que significa en tu mostrador |
|---|---|
| Un registro por cada documento | Cada venta y cada devolución dejan su registro: no hay venta «por fuera» |
| Registros encadenados con una huella | Quitar uno del medio rompe la cadena de todos los siguientes, y se ve |
| Nada se borra ni se altera sin rastro | Un error se corrige con una rectificativa, no borrando el ticket |
| Un QR en el ticket | Tu cliente puede comprobar el ticket con el móvil en el servicio de cotejo de la Agencia Tributaria |
| Envío de los registros (modo Veri*factu) | Se mandan según se producen; si no se mandan, el reglamento pide firma electrónica de cada registro y una conservación más estricta |
Una caja que no se ha actualizado para Veri*factu no hace nada de esto por sí sola. Por eso la Agencia Tributaria habla de adaptarla «si esto fuera posible»: depende de su fabricante, no de ti. El detalle está en el Real Decreto 1007/2023, y lo contamos entero en la guía de Veri*factu.
Ninguna caja está «homologada»: pide la declaración responsable
La Agencia Tributaria no homologa ni certifica cajas ni programas. Lo que existe es la declaración responsable de quien fabrica el programa: un documento en el que declara que cumple, que se publica y del que responde. Desde el 29 de julio de 2025, quien fabrica o vende un sistema de facturación tiene que ofrecerlo ya adaptado.
Si alguien te ofrece una caja «homologada por Hacienda», te está vendiendo un sello que no existe. Las tres preguntas que sí sirven:
- ¿Dónde está la declaración responsable de este modelo?
- ¿El ticket saldrá con el QR de la Agencia Tributaria?
- ¿Cómo se envían los registros, y qué pasa si se cae internet?
No es una formalidad. Tener o usar un sistema que no cumple es una infracción grave: 50.000 € por ejercicio, según el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.
Qué hacer con tu caja, y antes de cuándo
Hay dos salidas, las mismas que da la Agencia Tributaria, y una excepción:
| Tu caso | Qué hacer |
|---|---|
| El fabricante ofrece la actualización, con su declaración responsable | Actualízala y guarda la declaración |
| No hay actualización para tu modelo | Cámbiala por un sistema que ya cumpla |
| Estás en módulos o en recargo de equivalencia y no emites facturas | Puede que no te afecte: pregúntalo a tu asesor o gestoría |
Las fechas son dos: las sociedades desde el 1 de enero de 2027, y el resto de obligados, autónomos incluidos, desde el 1 de julio de 2027. Ya se han movido una vez, así que antes de decidir por una fecha conviene mirar el texto vigente.
Cambiar de caja sin cambiar de costumbre
Si te toca cambiarla, lo que conviene buscar es lo que ya hacías: marcar, cobrar, dar el ticket y cerrar el día. EasyTPV es eso, en un Android o en nuestro datáfono, con el ticket con su QR y su cadena, y gratis para siempre: no caduca y no es una prueba. Si se va internet, el ticket sale igual y el registro se envía solo cuando vuelve la conexión.
Y a nosotros, pregúntanos lo mismo que a cualquiera. Nuestra declaración responsable todavía no está firmada, y el envío a la Agencia Tributaria que hemos probado hasta hoy es en preproducción: el de producción se enciende el día que pones el sistema en servicio.
Preguntas frecuentes
¿Mi caja registradora tiene que cumplir Veri*factu?
Si imprime un ticket por cada venta, sí: para Hacienda es un sistema informático de facturación. Lo dice la Agencia Tributaria en sus preguntas frecuentes, con el ejemplo de un pequeño comercio.
¿Se puede adaptar una caja registradora antigua?
Si su fabricante ofrece la actualización, con su declaración responsable, sí. Si no la ofrece, hay que cambiarla por un sistema que ya cumpla.
¿Existe una caja homologada por Hacienda?
No. La Agencia Tributaria no homologa cajas ni programas: quien los fabrica firma una declaración responsable y responde de ella.
¿Qué pasa si sigo usando una caja que no cumple?
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria lo califica de infracción grave: 50.000 € por ejercicio para quien tenga o use un sistema que no cumple.
¿Desde cuándo tiene que estar adaptada?
Las sociedades, desde el 1 de enero de 2027. El resto de obligados, autónomos incluidos, desde el 1 de julio de 2027.
¿Y si estoy en módulos o en recargo de equivalencia?
En general no estás obligado a dar factura, y los justificantes que no son factura no entran en el reglamento. Pero si emites facturas o facturas simplificadas con un programa, sí. Es una pregunta para tu asesor o gestoría, con tu caso delante.
¿Quieres ver cómo sería con tu caja?
Te lo contamos entero en la página de la caja registradora gratis: lo que hace, lo que añade cada plan y lo que todavía no hace. Los precios, en la tabla de la portada.